¿QUE ES PTEE?
Las siglas” PTEE” definen “Programa de Transparencia y Ética Empresarial” que en resumen es un conjunto de políticas y procedimientos que tienen la función de identificar, detectar, prevenir, gestionar y mitigar los Riesgos de Corrupción o de Soborno Transnacional C/ST en una empresa.
El PTEE busca minimizar las probabilidades de que una compañía se vea implicada en el desvío de patrimonios o activos (corrupción), o que ofrezcan a algún servidor público nacional o extranjero sumas de dinero, objetos de valor pecuniario, beneficios o utilidades a cambio de que se realice, retarde u omita alguna acción relacionada con sus funciones asociadas a un negocio o transacción internacional (soborno transnacional).
Están obligadas a dar aplicación, en lo que les corresponda, y contar con un PTEE, las siguientes Empresas:
- Las Sociedades Vigiladas que a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior hayan realizado Negocios o Transacciones Internacionales de cualquier naturaleza, iguales o superiores a 100 SMMLV; y hayan obtenido Ingresos Totales o tengan Activos Totales iguales o superiores a 30.000 SMMLV.
- Las Empresas que al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, directa o indirectamente hayan celebrado contratos con Entidades Estatales con una cuantía igual o superior (individual o en conjunto) a 500 SMMLV; y hubieren obtenido Ingresos Totales o tengan Activos Totales iguales o superiores a 30.000 SMMLV,
- Las Empresas que a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, directa o indirectamente hayan celebrado contratos con Entidades Estatales con una cuantía igual o superior) a 500 SMMLV; y que pertenezcan a cualquiera de los sectores que se señalan a continuación, siempre y cuando cumplan con todos los requisitos que se indican para el respectivo sector.
- Sector farmacéutico: Que a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubieren obtenido Ingresos Totales iguales o superiores a 3.000 SMMLV o tenido Activos Totales iguales o superiores a 5.000 SMMLV.
- Sector de Infraestructura y Construcción: Que, a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubieren obtenido Ingresos Totales iguales o superiores 3.000 SMMLV o tenido Activos Totales iguales o superiores a 5.000 SMMLV.
- Sector Manufacturero: Que, a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubieren obtenido Ingresos Totales iguales o superiores a 3.000 SMMLV o tenido Activos Totales iguales o superiores a 5.000 SMMLV.
- Sector Minero- Energético:Que, a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubieren obtenido Ingresos Totales iguales o superiores a 3.000 SMMLV o tenido Activos Totales iguales o superiores a 5.000 SMMLV.
- Sector de Tecnologías de Información y Comunicaciones: Que, a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubieren obtenido Ingresos Totales iguales o superiores a 3.000 SMMLV o tenido Activos Totales iguales o superiores a 5.000 SMMLV.
- Sector de Comercio de Vehículos, sus partes, piezas y accesorios: Que, a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubieren obtenido Ingresos Totales iguales o superiores a 3.000 SMMLV o tenido Activos Totales iguales o superiores a 5.000 SMMLV.
- Sector actividades auxiliares de servicios financieros: Que, a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, hubieren obtenido Ingresos Totales iguales o superiores a 3.000 SMMLV o tenido Activos Totales iguales o superiores a 5.000 SMMLV.